Aporte a ESSALUD de trabajadores agrarios

La SUNAT ha publicado el Informe N°000008-2022-SUNAT/7T0000, a través del cual analiza una consulta relacionada con la base imponible mínima mensual del aporte a ESSALUD de trabajadores agrarios.

Materia

Se consulta cuál es la base imponible mínima mensual que se debe considerar para calcular el aporte al Seguro Social de Salud (ESSALUD) de los trabajadores del sector agrario en actividad, a que se refiere el inciso a) del artículo 9 de la Ley N°31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, en los casos en que se contrate al trabajador agrario por períodos inferiores a un mes calendario, correspondiéndole por los días efectivamente laborados una remuneración menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV) mensual.

Base legal

  • Ley N°26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicada el 17.5.1997 y normas modificatorias.
  • Reglamento de la Ley N°26790, aprobado por el Decreto Supremo N°009-97- SA, publicado el 9.9.1997 y normas modificatorias.
  • Ley N°31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, publicada el 31.12.2020.

Conclusión

Tratándose de trabajadores del sector agrario que tienen la condición de afiliados regulares al ESSALUD, que son contratados por períodos inferiores a un mes calendario, correspondiéndoles por los días efectivamente laborados una remuneración menor a la RMV, la base imponible mínima mensual que se debe considerar para calcular el aporte a ESSALUD por tales trabajadores será igual a la RMV.

Puedes descargar el Informe en este ENLACE

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