Prórroga del estado de emergencia y demás medidas contra la crisis sanitaria

A través del Decreto Supremo 008-2021-PCM, el gobierno amplía el estado de emergencia hasta el 28 de febrero. Además, oficializan las medidas anunciadas el día de ayer por parte del presidente Francisco Sagasti.

Las mismas deberán cumplirse, a partir del 31 de enero hasta el 14 de febrero próximo, según el nivel de alerta sanitaria que se ubique en cada departamento, todo ello con el propósito de contener el avance de la segunda ola del covid-19.

Aprobación del Nivel de Alerta por Departamento

En la norma se detalla la aprobación del Nivel de Alerta por Departamento, el mismo que es de aplicación para los Decretos Supremos N°184-2020-PCM y N°201-2020-PCM y sus modificatorias, conforme al siguiente detalle:

 

NIVEL DE ALERTA MODERADO

 

NIVEL DE ALERTA ALTO

NIVEL DE ALERTA MUY ALTO

NIVEL DE ALERTA  EXTREMO

Piura Tumbes Lima
Loreto Amazonas Provincia Constitucional del Callao
Lambayeque Cajamarca Ancash
La Libertad Ayacucho Pasco
San Martín Cusco Huánuco
Ucayali Puno Junín
Madre de Dios Arequipa Huancavelica
Moquegua Ica
Tacna Apurímac

 

 

Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas (Toque de queda)

Hasta el 14 de febrero de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo, según el nivel de alerta por departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado Desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas
Nivel de alerta alto Desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas
Nivel de alerta muy alto Desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas
Nivel de alerta extremo Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas

 

Para el nivel de alerta extremo (que incluye a Lima y Callao) se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante una hora como máximo, a lugares cercanos al domicilio, entre las 06:00 y 18:00 horas.

Uso de vehículos particulares

También, hasta el 14 de febrero de 2021, se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta alto Domingos
Nivel de alerta muy alto Sábados y domingos
Nivel de alerta extremo Todos los días

 

 

Excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

Restricciones Focalizadas

Hasta el 14 de febrero del 2021, en los departamentos considerados en nivel de alerta extremo, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas.

Límites de aforos

Las siguientes actividades económicas; así como, los templos y lugares de culto, tendrán el siguiente aforo, según el Nivel de Alerta por Departamento:

NIVEL DE ALERTA MODERADO

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados 40%
Artes escénicas en espacios abiertos 60%
Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados 50%
Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 50%
Restaurantes y afines en zonas internas 60%
Restaurantes y afines en zonas al aire libre 70%
Templos y lugares de culto 30%
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos 60%
Actividades de clubes y asociaciones deportivas 50%
Bancos y otras entidades financieras 50%

 

NIVEL DE ALERTA ALTO

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas en espacios cerrados 30%
Artes escénicas en espacios abiertos 50%
Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados 40%
Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 50%
Restaurantes y afines en zonas internas 50%
Restaurantes y afines en zonas al aire libre 60%
Templos y lugares de culto 20%
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos 50%
Actividades de clubes y asociaciones deportivas 40%
Bancos y otras entidades financieras 50%

 

NIVEL DE ALERTA MUY ALTO

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos) 0%
Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados 20%
Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 50%
Restaurantes y afines en zonas internas 0%
Restaurantes y afines en zonas al aire libre 30%
Templos y lugares de culto 0%
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos 0%
Actividades de clubes y asociaciones deportivas 0%
Bancos y otras entidades financieras 50%
Transporte interprovincial terrestre de pasajeros 50%

 

NIVEL DE ALERTA EXTREMO

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos 0%
Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados 0%
Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 40%
Restaurantes y afines (zonas internas o al aire libre) 0%
Templos y lugares de culto 0%
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos 0%
Actividades de clubes y asociaciones deportivas 0%
Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines 0%
Enseñanza deportiva y cultural 0%
Bancos y otras entidades financieras 40%
Transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre) 0%

Excepto en los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao, cuya regulación será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

 

 

 

Servicios Delivery

En las actividades económicas señaladas en los cuatro (04) niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales y entregas a domicilio (delivery).

Horarios

Los establecimientos comerciales deben cerrar dos (02) horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 18:00 horas.

Las actividades económicas no contempladas en el presente artículo y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes.

Suspensión del ingreso de extranjeros no residentes

Se suspende hasta el 28 de febrero de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares.

Reuniones y concentraciones de personas

Se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.

Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19.

Infractores a las disposiciones sanitarias

Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos; supuestos en los cuales, la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada.

Escrito por: Grupo Verona

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